Tipos de herencias

Tipos de herencias

Una herencia consiste en un conjunto de derechos y obligaciones que un ascendiente deja a sus sucesores o cónyuge. Pero ¿qué consecuencias existen? y ¿qué clases de herencias?

A continuación le explicaremos qué tipos de herencias existen. Por otro lado, si le gustaría obtener una mayor información al respecto, le aconsejamos contactar a nuestros especialistas en servicios de herencias y sucesiones.

Herencias testamentarias

En función de las características hay dos tipos de herencias que pueden recibirse tras la muerte de un familiar, son las testamentarias o las intestadas.

Como su nombre indica las herencias testamentarias son aquellas que cuentan con un testamento que contiene los últimos deseos de la persona fallecida con el fin de repartir la herencia entre quién haya decidido el testador.

Estas herencias pueden realizarse a través de un acuerdo entre los herederos o con la firma de un albacea testamentario. Una vez determinado, habrá que proceder a la ejecución y el reparto de la herencia.

Si el testador fuera titular de cuentas o valores mobiliarios, los herederos podrán disponer de ellos presentando el certificado de defunción, demostrando su condición, presentando el Impuesto de Sucesiones y estableciendo la partición de los bienes y derechos entre los herederos.

Herencias intestadas

Por su parte las herencias intestadas son las que tienen lugar cuando una persona fallece y no ha dejado testamento o bien el testamento es nulo.

En esta situación se seguirá lo que dice la ley para designar a los herederos, por orden de prioridad heredarán en primer lugar los descendientes a partes iguales, los ascendientes, y en caso de que no haya ni descendientes ni ascendientes heredaría el cónyuge viudo.

Hay que saber que las herencias no son solo bienes, cuando se acepta una sucesión también se aceptan las posibles deudas del fallecido, por eso es importante contar con los mejores abogados en Herencias.

Como último recurso heredarían los parientes más cercanos en grado colateral como hermanos, sobrinos... hasta el cuarto grado.

Además para que el heredero pueda tomar posesión de la porción de herencia que le haya asignado la ley será necesario obtener la previa declaración que demuestre su condición de heredero, es decir, la Declaración de Heredero Ab Intestato, que será notarial o judicial.

Contacte con nuestro equipo de abogados expertos en herencias y sucesiones si ha fallecido algún familiar y necesita asesoramiento porque no sabe cómo proceder. Contacte con nosotros, somos efectivos y profesionales y estamos en Bilbao.

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